Campaña Donaciones Centenario
CAMPAÑA DONACIONES CENTENARIO
Súmate a la conmemoración del #CENTENARIOUdeC y ayúdanos a poner en valor el patrimonio histórico, arquitectónico y cultural, junto al acervo científico y tecnológico de la Universidad con un amplio programa de actividades gratuitas y abiertas a toda la comunidad. Queremos que todo Chile conozca el valioso aporte que ha hecho nuestra casa de estudios en sus 100 años de existencia y participe en la proyección de su futuro.
Invitamos a toda nuestra comunidad AlumniUdeC y a todos los amigos y amigas de la UdeC a sumarse a esta gran campaña #DonacionesCentenario, para financiar y participar juntos de las actividades que tenemos programadas para conmemorar los 100 años de nuestra Universidad.
Este programa está acogido a la Ley de Donaciones Culturales, por lo que podrás acceder a beneficios tributarios. LEY art.8, ley N°18.985 en formato descargable.
VIDEO CAMPAÑA
NOTICIAS Y TESTIMONIOS
11 de julio de 2019
Diario La Discusión
UDEC LANZÓ CAMPAÑA “DONACIONES CENTENARIO”
11 de julio 2019
Diario Concepción
UDEC PRESENTÓ CAMPAÑA DE DONACIONES PARA INVITAR A COLABORAR CON EL CENTENARIO
11 de julio de 2019
Prensa UdeC
LANZAMIENTO CAMPAÑA DONACIONES CENTENARIO
Ver Galería del Lanzamiento de Campaña
¿QUÉ ACTIVIDADES CULTURALES SERÁN FINANCIADAS CON TU APORTE?
Tu aporte nos ayudará a financiar e implementar las siguientes actividades:
Descarga las actividades Centenario
¿CÓMO PUEDO DONAR?
Podrás realizar tu donación mediante nuestra tienda virtual UdeC aportando un monto en dinero por una vez con tarjeta de débito o de crédito hasta en seis cuotas sin interés. Si eres funcionario UdeC también podrás donar a través de descuento por planilla informando a la Dirección de Personal.
CATEGORÍAS DE DONACIÓN
Te invitamos a sumarte a esta gran campaña de #DonacionesCentenario y a participar juntos en todas las actividades programadas.
PERSONAS:
Profesionales independientes: Los contribuyentes que estén afectos al impuesto global complementario, pueden donar en dinero y en especie, incluso si no llevan contabilidad completa. Por ejemplo: Rentistas, Accionistas, Trabajadores Independientes, entre otros.
Trabajadores dependientes: Los contribuyentes afectos al impuesto único de segunda categoría pueden donar en dinero.
Personas naturales pueden donar con cargo al impuesto de herencia de sus futuros herederos, así como las sucesiones hereditarias: Contribuyentes del impuesto a las asignaciones por causa de muerte de la Ley N° 16.271, sobre impuesto a las herencias, asignaciones y donaciones pueden donar en dinero y en especie.
Extranjeros con actividad comercial en Chile: Los contribuyentes del impuesto adicional de la Ley de Renta obligados a declarar anualmente sus rentas y los accionistas a que se refiere el número 2, del artículo 58, de dicha ley, pueden donar en dinero.
EMPRESAS:
Contribuyentes del impuesto de Primera Categoría de la Ley de la Renta que declaren su renta efectiva sobre la base de contabilidad completa. Estos contribuyentes pueden efectuar donaciones en dinero y en especie, incluso cuando tengan pérdidas tributarias en el ejercicio.
¿QUÉ REQUISITOS SON NECESARIOS PARA QUE UNA DONACIÓN APLIQUE COMO BENEFICIO TRIBUTARIO?
Para que el aporte proceda como beneficio tributario, las rentas destinadas a donaciones deberán integrar las bases imponibles de los impuestos, a los cuales después se aplica el beneficio. Las donaciones realizadas serán certificadas y se validarán a través del siguiente mecanismo:
Universidad de Concepción emitirá un Certificado de donaciones, el que acreditará la donación efectuada con fines culturales según indica el artículo 8 de la Ley 18.985.
Ley de Donaciones Culturales: ¿Cómo se aplica el beneficio tributario para contribuyentes del Impuesto Global Complementario?
Para más información visita: http://donacionesculturales.gob.cl/como-donar/limites-de-los-beneficios-tributarios/
¡Gracias por tu compromiso!
Descarga aquí la presentación de la campaña y compártela con tu familia y amigos.
Contacto: donacionesudec@udec.cl
Teléfono: (56) 2 2205 2041